.
JURÍDICAS Cuc, vol. 14 no. 1, pp 55-74, Enero - Diciembre, 2018
Procesos de paz en Colombia: derechos humanos y familias víctimas del conflicto armado
Peace processes in Colombia: human rights and victim families of the armed conflict
DOI: https://doi.org/10.17981/juridcuc.14.1.2018.03
Artículo de investigación. Fecha de recepción: 20/04/2018 Fecha de aceptación: 07/07/2018
Corposucre (Colombia)
yira_melendez@corposucre.edu.co
Jaidith Milena Paternina Sierra
Corposucre (Colombia)
jaidithpaterninas@hotmail.com
Darly Farith Velásquez Martínez
Corposucre (Colombia)
darlyvelazquez@hotmail.com
Para citar este artículo:
Meléndez, Y., Paternina, J. y Velásquez, D. (2018). Procesos de paz en Colombia: derechos humanos y familias víctimas del conflicto armado. JURÍDICAS CUC, vol. 14, no. 1, pp. 55-74. DOI: https://doi.org/10.17981/juridcuc.14.1.2018.03
Resumen
El presente artículo se enfoca en el análisis interdisciplinario del proceso de paz entre el gobierno colombiano en cabeza del presidente Juan Manuel Santos y la guerrilla de las FARC, el cual se concretó con un acuerdo de paz que establece una pauta en el conflicto armado entre estos dos actores. Este proceso fue necesario para superar el conflicto armado que produjo la violación de los derechos humanos de los individuos y sus familias como víctimas de la violencia. Se pone en evidencia a través del análisis documental que estos acuerdos aportaron un avance significativo en la reparación de las víctimas, haciendo énfasis en los aspectos económicos e individuales, pero omitiendo aspectos de asistencia psicosocial y medidas simbólicas de reparación integral en las familias.
Palabras clave: conflicto armado, derechos humanos, familia, procesos de paz
Asbtract
This article focuses on the interdisciplinary analysis of the peace process between the Colombian government, represented by President Juan Manuel Santos, and the FARC guerrilla, which became a reality with the peace agreement. This agreement establishes a guideline in the armed conflict between these two actors. This process was necessary to overcome the armed conflict, which produced the violation of the human rights of individuals and their families as violence victims. It is evidenced through the documentary analysis that this agreement constituted a significant advance in victims’ reparation. This reparation emphasized in the economic and individual aspects, nonetheless, psychosocial assistance aspects and symbolic measures of integral reparation in families were omitted.
Keywords: Armed conflict, Human Rights, Family, Peace Processes
Introducción
Colombia enfrenta un contexto de conflicto armado de más de 50 años, en el cual grupos al margen de la ley tienen el propósito de tener el control territorial de Colombia y mejorar las necesidades de la población (Valencia y Daza, 2010). Sin embargo, en este conflicto se ha visto implicada toda la población del país, bien sea como víctima directa o indirecta, a la cual se le han generado consecuencias psicológicas, físicas y económicas.
Según el Registro Único de Víctimas (Unidad para las víctimas, 2018), se reportan en general 8.650.169 víctimas registradas en Colombia, y de estas, 8.307.777 son específicamente víctimas del conflicto armado, de las cuales, a su vez, 6.637.011 son víctimas sujeto de atención, 1.670.766 son víctimas directas de desaparición forzada, homicidios, fallecidas y de activos de atención. Estas cifras son alarmantes para la población y para el Estado, el cual está comprometido con la atención y reparación integral de todas estas personas.
De igual manera, el Registro Único de Víctimas, hasta el 2018, reporta una variedad de hechos violentos frente a los derechos humanos de la población colombiana como consecuencia del conflicto armado; entre estas se identifican: abandono 6.069 personas, actos terroristas 83.290, amenazas 380.952, confinamiento 8.831, delitos contra la libertad 24.786, desaparición forzada 169.201, desplazamiento 7.358.248, homicidio 995.393, lesiones personales físicas 21.444, lesiones personales psicológicas 380, minas antipersonas 11.382, pérdida de bienes muebles 112.868, secuestro 36.578, tortura 10.787 y vinculación de niños, niñas y adolescentes 7.431.
Todos estos hechos, como derivación del conflicto armado, afectan al individuo, quien es miembro de una familia y, por ende, de la sociedad. Por lo tanto, las familias se ven afectadas al sufrir desintegración en el hogar, rupturas familiares, separaciones y quebrantamientos de lazos afectivos, hasta el punto más crítico de la generación de familias atípicas como consecuencia de este conflicto. Así como lo plantean Borda y Gutiérrez (2016), todo este contexto de violencia, y de todo tipo de violaciones a los derechos humanos, afectan desfavorablemente el núcleo y dinámicas de las familias colombianas.
Atendiendo esta situación de guerra, el Estado colombiano y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) adelantaron el proceso de paz en la Habana, Cuba, el cual tenía como propósito lograr una paz duradera a través de la desmovilización, dejación de armas y acuerdos donde el Estado y las FARC encontraran una solución pacífica a sus diferencias (Osejo y Catalina, 2007).
En este contexto de construcción de paz y reconciliación, el gobierno colombiano tiene como propósito la reparación integral de las víctimas, con la que no solo se procure la indemnización económica sino también se proporcione asistencia psicológica, social y cultural, con viviendas dignas y restitución de tierras. Asimismo, se pretende que se implementen medidas simbólicas de aceptación y superación de la situación vivida por las víctimas.
En virtud de lo anterior, diferentes autores hacen críticas y recomendaciones al programa de reparaciones establecido por el Estado. Ante ello, se genera el interrogante ¿las víctimas y, en específico, las familias víctimas del conflicto armado en Colombia se sienten reparadas desde el proceso de paz firmado en el año 2016?
Procesos de paz en Colombia
“La paz será mi puerto, mi gloria, mi recompensa, mi esperanza, mi dicha y cuanto es precioso en el mundo” (Bolívar, 1842). Con esta frase alusiva a la paz se refleja el anhelo y la necesidad histórica y universal de la construcción de herramientas o fórmulas que permitan una convivencia pacífica entre las personas o grupos de una sociedad. Este deseo nace de la vivencia de situaciones violentas que han desencadenado conflictos sociales, políticos, económicos y familiares.
Entendiendo que la paz también puede derivarse de la guerra y de conflictos, es necesario que, para mantenerse en el tiempo, el sistema político debe reconocer los derechos participativos de cualquier ciudadano. Como expresa Hernández (2010), los individuos deben reconocerse como ciudadanos, con derechos y deberes, con la capacidad para tomar decisiones y acciones que a la vez los afectan a ellos mismos y a su entorno, así mismo, ser conscientes de un régimen democrático, con actividades públicas e intereses sociales que sean reconocidos plenamente, en igualdad de condiciones.
La Constitución Política de Colombia (1991) consagra en su artículo 22: “la paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento”; derecho y deber que se contraponen al concepto de conflicto armado interno. Este término no solamente tiene diversas acepciones, además, existen diferentes opiniones en cuanto a la existencia o inexistencia del conflicto armado en Colombia:
Conflicto armado interno es el término contemporáneo que se utiliza para designar una situación de guerra civil. No es ese el caso de Colombia. Aquí no podemos hablar de enfrentamiento de dos sectores de la población que dirimen sus diferencias por las armas (Restrepo, 2006, citado por Valcárcel, 2007).
En contraste con la opinión del excomisionado de la paz en Colombia, las disputas armadas han desarrollado un territorio inmerso en la tragedia, el luto y la desesperanza, incrementando la inequidad y la pobreza.
Al hacer un análisis retrospectivo sobre el tema se resaltan:
(…) sus orígenes en la década del treinta del siglo XX, estableciendo un periodo entre 1929/30 y 1957/58, como la protogénesis del conflicto colombiano. En esta etapa se deciden aspectos centrales de nuestra historia: el modelo capitalista de desarrollo, el carácter de nuestras instituciones estatales, las relaciones interpartidistas, los límites del reformismo, los grupos de poder, el sentido moderno de la política y la cultura, los rasgos constitutivos de la cultura política y ciertos imaginarios de nuestras identidades culturales (De Zubiría, 2015).
Estos acontecimientos propiciaron una guerra interna con repercusiones de carácter externo al vulnerar derechos humanos reconocidos por organizaciones internacionales como los delitos de lesa humanidad.
Este proceso de paz tuvo un impacto significativo en la sociedad colombiana pues se ha encontrado sumergida en una guerra con diversos actores, donde se destacan: los grupos de guerrillas, el paramilitarismo, los narcotraficantes, el Gobierno, las fuerzas armadas, las bandas emergentes o bandas criminales llamadas BACRIM y la sociedad civil, que desafortunadamente es la que más sufre las acciones violentas de este conflicto, aportando el mayor número de víctimas de homicidios, masacres, desplazamiento forzado, secuestros, desaparición forzada, extorciones, entre otras atrocidades que desafortunadamente ha tenido que padecer la población. Lo anterior nada tiene que ver con las discrepancias entre estos grupos al margen de la ley y el poder público del Estado representado en el Gobierno nacional y defendido por las fuerzas armadas de Colombia.
Estos sucesos violentos relacionados con el conflicto armado violaron prerrogativas fundamentales de un número significativo de familias, las cuales fueron obligadas a desintegrarse por la muerte, el desplazamiento de sus integrantes, el temor y las condiciones socioeconómicas, colocando no solo a los individuos sino a la familia y a las comunidades como víctimas directas e indirectas de estos acontecimientos siniestros.
Según Solimano, Sáez, Moser y López (1999, p. 160-168), a raíz de la situación caótica por causa de la violencia en Colombia, los gobernantes han adoptado políticas tendientes a la finalización del conflicto. Así surgieron los siguientes acuerdos en búsqueda de la paz:
Desde 1982, en el gobierno de Belisario Betancur, se crearon leyes de amnistía e indulto tendientes al restablecimiento y preservación de la paz, como la Ley 35 (1982) y la Ley 77 (1989), “Por la cual se faculta al presidente de la República para conceder indultos y se regulan casos de cesación de procedimiento penal y de expedición de autos inhibitorios en desarrollo de la política de reconciliación”. La ley 418 (1997), “Por la cual se consagran unos instrumentos para la búsqueda de la convivencia, la eficacia de la justicia entre otras leyes que evidencian la búsqueda de la finalización del conflicto armado”. No obstante, dentro de estos procesos de paz, acuerdos y leyes cabe resaltar el proceso de paz entre la presidencia de Juan Manuel Santos y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).
El proceso se realizó en Oslo (Noruega) y en La Habana (Cuba), y como consecuencia se firmó el acuerdo para la terminación del conflicto en la ciudad Bogotá el 24 de noviembre de 2016. Para legitimar el acuerdo se realizó un plebiscito, donde los colombianos, por medio del voto, manifestaron no estar conformes con la implementación de estos acuerdos; sin embargo, este resultado negativo no puso fin al proceso y el Gobierno nacional, posterior a un periodo de negociación con los detractores de los acuerdos, a quienes se les denominó “promotores del No”, y las FARC pactaron un nuevo contenido para el acuerdo de paz que se firmó el 24 de noviembre de 2016 y se ratificó el 29 de noviembre por el Congreso de Colombia.
Este gran paso contribuye a disminuir el flagelo de la violencia en el territorio colombiano y exhorta a considerar el resultado del proceso de paz en la realidad colombiana, que en este momento histórico está viviendo una etapa de posconflicto, en la cual se debe garantizar que todos esos acuerdos de paz se efectúen en beneficio de la población colombiana, especialmente en el reconocimiento de las garantías fundamentales de las víctimas. Como sustentan Hernández, Meléndez, Chumaceiro y Gil (2017), la cultura de paz debe rechazar la violencia como posible resolución de conflictos, por tanto, debe existir un ambiente de igualdad y respeto que se centre en los procesos y métodos para solucionar los conflictos.
Derechos humanos
Para analizar la aplicación de los derechos humanos a las familias víctimas del conflicto armado en el proceso de paz de Colombia, es menester ilustrarse sobre lo que ha sido el oprobio de la guerra, no solo en nuestro país sino en términos generales. Tal como han manifestado algunos doctrinantes: “se convirtió en este nuevo contexto social en un instrumento político de uso frecuente (…)” (Vela, 2012, p. 9). La guerra ha sido una característica de los Estados modernos, lo que hace de ella “una amenaza permanente porque los conflictos deben dirimirse con tratados que, por basarse en la soberanía e independencia de los Estados, tienen una legitimidad muy frágil y no pueden construir la paz, sino establecer simples armisticios condenados a romperse” (Kant, 1979, p. 150 y ss.).
Es por esa razón que, sin lugar a dudas, la guerra ha hecho presencia en la mayor parte de los acontecimientos históricos de la humanidad (entre las que se destacan la Primera y Segunda Guerra Mundial), ya que muchos Estados acuden a la guerra para defender sus causas sin meditar sobre los efectos que generan especialmente a sus habitantes, quienes muchas veces son víctimas principales en cuanto a los abusos y violaciones de derechos, no solo por parte de las fuerzas enemigas, cualquiera que sea (a nivel nacional o internacional cuando se presenta entre Estados), sino además de sus propias autoridades. Como ejemplo de ello se encuentra que “El nazismo es solo el ejemplo más cercano y horroroso de esas prácticas propias de un orden político en el que prevalece la razón de Estado sobre los Derechos Humanos” (Vela, 2012, p. 39).
Se podría decir que durante los siglos pasados, antes del reconocimiento del derecho internacional de los derechos humanos, los Estados actuaban imperantemente sobre sus ciudadanos, a los que incluso no les respetaba el mínimo de los derechos como personas, cometiendo constantes atropellos sobre ellos al aprovecharse de la posición superior e ilimitada que tenían, ya que en ese entonces no existía un control supraestatal que vigilara la conducta de estos y que pudiera intervenir en defensa de los más débiles, siendo esta circunstancia una de las razones por la cual se hizo necesario crear un régimen que permitiera la protección de las personas individualmente consideradas.
Es entonces, el DIDH el ordenamiento jurídico que provino del derecho internacional público con el propósito de brindar el amparo de los derechos humanos, promoviendo a los Estados a cambiar sus leyes para que en ellas se garantice la aplicación y obediencia de los derechos humanos a sus habitantes. Así mismo, este nuevo ordenamiento internacional permite que el derecho internacional pueda intervenir en los Estados en defensa de estos derechos.
Es importante señalar que el DIDH no se estandarizó instantáneamente; éste solo vino a hacerse realidad paulatinamente después de la Segunda Guerra Mundial. De hecho, hay que enfatizar que
El hito fundamental, tras la Carta de San Francisco, fue la Declaración de Derechos de 1948, porque a partir de entonces se fueron estableciendo principios e instituciones cada vez más específicos y desarrollados que llegaron a constituir lo que hoy se denomina Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos y, luego, a conformar sistemas regionales de protección de Derechos Humanos (Rivadeneyra, 2006).
Por lo tanto, la Carta de San Francisco no solo es valiosa por el desarrollo de la humanidad hacia la Declaración Universal de Derechos Humanos, sino que, además, fue la fundadora de las Naciones Unidas, que viene figurar como una de las instituciones principales veedoras del respeto de los derechos humanos.
En la Carta de las Naciones Unidas (1945, p. 2), en su preámbulo se “reafirma la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas”. De esa manera, la ONU ratifica su propósito como institución garante de los derechos humanos, ya que a pesar de que dentro de los principales propósitos establecidos en la carta no se señalan directamente los derechos humanos como un elemento esencial, estos son inherentes a la consecución de la paz y seguridad internacional, ya que éstos no se podrán alcanzar mientras no se respeten y cumplan plenamente los derechos humanos. Por tal razón, los derechos humanos en definitiva vienen a constituirse en el eje principal de la misión de la Organización de Naciones Unidas.
Teniendo en cuenta lo anterior, es decir, el hecho de que el eje principal de la misión de las Naciones Unidas es la protección de los derechos humanos, es necesario resaltar que durante el proceso de paz que se adelantó en los últimos años en nuestro país, las Naciones Unidas jugaron un papel preponderante, ya que fueron los mediadores entre el Gobierno de Colombia y el grupo de guerrilla de las FARC, encargándose de prestar una asistencia permanente durante las negociaciones y también durante la etapa de su aplicación (Fisas, 2011).
Con respecto al acuerdo de paz firmado en enero de 2017 entre estas partes en conflicto, es decir, el Gobierno de Colombia y las FARC, se puede observar que dentro de los principios orientadores que fueron plasmados en el documento final se encuentra, en primer lugar, lo relacionado con el “Respeto, garantía, protección y promoción de los derechos humanos”, teniendo en cuenta que durante el conflicto armado entre estos actores se presentaron grandes vulneraciones a la integridad de los seres humanos.
Hay que tener en cuenta que durante el tiempo en que se ha prolongado el conflicto armado en este país han sido muchos los actores intervinientes, sin embargo, ha sobresalido como un integrante más protagonista el grupo guerrillero de las FARC, quienes se alzaron en armas en su comienzo tratando de conseguir un reconocimiento político y social, pero que, a lo largo de su lucha, se desviaron de sus propios ideales e incursionaron en actividades ilegales como el narcotráfico, el secuestro, los asesinatos y masacres a muchos compatriotas y familias enteras.
Ha sido tan desgastante y horrorosa la lucha armada con las FARC que se podría decir que la mejor opción que existió para el gobierno de Colombia fue buscar una alternativa conciliadora con ellos, con en el propósito de prevenir y evitar más víctimas inocentes, ya que es menester resaltar que en varios de los casos sobre violación de derechos humanos no solo se presentó entre los actores directos sino también con la población civil, y muy particularmente, con familias que fueron desintegradas y desarraigadas de su territorio.
Existen diferentes dimensiones a través de las cuales a las familias les fueron violados sus derechos humanos: se encuentran las que fueron víctimas de la fuerza pública, en aquellos casos en que los diferentes integrantes de ésta, ya sea el ejército nacional, la armada nacional y la fuerza aérea o el cuerpo de apoyo, como la policía nacional, directa o indirectamente participaron en varios hechos, como por ejemplo, el de la desaparición forzada de 12 personas en la Vereda La Esperanza del departamento de Antioquia, donde la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró responsable al Estado colombiano por esta acción que fue atribuida conjuntamente al ejército y a paramilitares (Corte Interamericana de Derechos Humanos, 2017). Igualmente, se puede destacar la masacre de Rochela Vs Colombia, masacre de Pueblo Bello Vs Colombia, masacre de Mapiripan Vs Colombia, entre otras, donde ha sido condenado el Estado colombiano, ya sea por acción u omisión (Corte Interamericana de Derechos Humanos, 2007, 2006, 2005). Estos casos reflejan lo expuesto por Hernández, Meléndez, Chumaceiro y Ziritt (2017), en donde las familias colombianas han sufrido flagelos y agresiones que afectan su dinámica y funcionalidad, impidiendo que estas cumplan las funciones económicas, biológicas, educativas, culturales y espirituales que faciliten el bienestar de sus miembros.
Es de distinguir que, dentro de los crímenes de Estado cometidos en Colombia, figuran unos sucesos catalogados como falsos positivos, acción totalmente reprochable que fue cometida por la fuerza pública. Estos se encargaban de reclutar y asesinar a sangre fría a personas, especialmente del género masculino, para posteriormente catalogarlos como guerrilleros, situación que atentó contra la institucionalidad del Estado y muy especialmente contra la confianza que se le debería tener a la fuerza pública (Revista Semana, 2013). Todos estos acontecimientos afectaron a los núcleos familiares, teniendo en cuenta que fueron muchos los hogares que se quedaron sin un padre, un hermano, un hijo, un nieto o un esposo, y que, en gran medida, eran hogares vulnerables sin respaldo económico, que, en ocasiones, solo dependían económicamente de ese miembro.
Otra de las dimensiones de vulneración de derechos humanos de las familias y que enlutaron en ocasiones al país fueron los hechos terroristas indilgados a las FARC. Dentro de estos hechos, se puede referenciar al ocurrido en el año 2009: el asesinato de 27 indígenas del resguardo Awa de Tortugaña Telembi en el departamento de Nariño. Las FARC, de manera arbitraria, procedieron no solo a asesinar a algunos integrantes de esta comunidad étnica, sino a aislar los cuerpos rodeándolos con minas antipersonas (Revista Semana, 2009).
La familia ha sido una de las más denotadas instituciones afectadas por el conflicto armado, poniendo en evidencia el deterioro de las relaciones hogareñas y de la convivencia pacífica a la que aspira todo Estado.
Familia
La ONU, en la Resolución 217, en su artículo 16.3, sustenta que “la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado” (ONU, 1948). La familia como unidad básica de la sociedad es un sistema de normas, valores y costumbres que permiten la interacción entre el grupo personas que están emparentadas por la sangre o el matrimonio. Así mismo, la familia como agrupación, se refiere a los parientes que viven bajo el mismo espacio o limitadamente cerca para tener un trato habitual que los defina como una unidad familiar, donde se aprenden normas, costumbres, valores, símbolos, principios éticos, ideología e identidad.
Otro concepto compartido es que la familia es una institución histórica que depende y se ha ido construyendo desde los diferentes contextos sociales y culturales donde se desenvuelve cada uno de sus miembros. Ésta tiene diferentes funciones imprescindibles para la sociedad, como son: la renovación, la evolución, el incremento de la población, la satisfacción de las necesidades, la educación y socialización de los individuos, la satisfacción de las necesidades afectivas, emocionales, sociales y sexuales, el desarrollo de los procesos cognitivos y la formación de los procesos fundamentales del desarrollo psíquico en el individuo.
Por tanto, la familia es una institución puente entre el individuo y la sociedad; el individuo no es nadie sin la sociedad y la sociedad es precisamente una agrupación de familias. Por tanto, ésta se convierte en la célula de la sociedad, comprendiendo las relaciones entre hombres y mujeres y padres e hijos, relaciones que pueden ser tanto materiales, económicas, jurídicas, emocionales, ideológicas o morales.
Sin embargo, las familias colombianas se han visto afectadas en su dinámica, funcionalidad, economía, estabilidad, costumbres y aspectos sociales por hechos generados desde el conflicto armado y que se han vivido en el país por más de 50 años. El conflicto armado en Colombia generó tantos hechos de violencia que involucraban no solo a los actores directos sino a personas y familias que no tenían escapatoria de estos. Según Cifuentes (2009), el conflicto armado en Colombia deja a la población civil en riesgo al vulnerar y violar sus derechos de frente a un Estado incapaz de medir, intervenir o enfrentar el conflicto interno colombiano por sus particularidades de multidimensionalidad, multicausalidad y multipolaridad. Así como sustentan Hernández, Meléndez y Meza (2016), las familias, como grupo humano, tienen un rol fundamental al ser el primer núcleo socializador de valores, tradiciones y culturas para el futuro ciudadano, sin embargo, por todas las circunstancias sociopolíticas que experimenta el país, éste se ve afectado por la violencia, adiciones, desplazamiento, pobreza y migraciones.
La familia, como primera unidad básica de la sociedad, recibe directamente el impacto de la guerra desde diferentes formas hacia cada uno de sus miembros. Siendo así que, en una misma familia, cada uno de sus miembros pueden sufrir diversos impactos, como el desplazamiento, el secuestro, el asesinato, las masacres, la viudez, el abuso sexual, las amenazas, la extorsión, la pérdida de bienes, lo que, en conjunto, deteriora la vida familiar, obligando al grupo y a cada uno de sus miembros a utilizar diferentes estrategias de afrontamiento de la situación de conflicto, así como a cambiar la estructura y dinámica de la familia.
Así como lo sustenta Bello (2000, p. 115), las familias víctimas del conflicto armado son en su gran mayoría personas no implicadas de manera directa en el enfrentamiento armado, pero sí víctimas de la situación de guerra permanente que se vive en algunas regiones del país. Por consecuencia, las familias, como mecanismos de enfrentamiento ante estos hechos victimizantes, hacen uso de sus recursos adaptativos internos y externos con la intención de reorganizarse y afrontar los nuevos escenarios, ofrecer amparo a sus miembros y desarrollar estrategias que le permitan conservarse a pesar de las agresiones sufridas.
Sin embargo, a pesar de todos estos intentos, actualmente en Colombia se identifica un porcentaje alto de familias víctimas del conflicto armado que se encuentran en condiciones de vulnerabilidad, crisis, desintegración, inasistencia alimentaria, desempleo, violencia intrafamiliar, madres y padres cabeza de hogar (Cifuentes, 2009). En este sentido, el Estado procura implementar los mecanismos de verdad, justicia y reparación como elementos fundamentales para que las víctimas se sientan realmente reparadas y no revictimizadas. Para la fecha, trabajan 53 entidades del Estado que integran el Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas con el propósito de brindar la reparación integral de estas. Las labores están dirigidas a los derechos fundamentales de vivienda, educación y salud, además, a la infraestructura comunitaria, los retornos y reubicaciones, la restitución de tierras, las libretas militares gratuitas y otros servicios con los que se ha empezado a garantizar la restitución de los derechos de la población afectada y se le ha reparado por los daños que sufrieron por cuenta del conflicto.
A pesar de que este sistema tiene claridad de los aspectos a reparar en las víctimas, existen críticas del proceso porque éste tiene como propósito:
[...] reparar a las víctimas por los daños materiales, físicos, mentales, a la reputación y a la dignidad sufridos, los gastos incurridos, las pérdidas de ingreso y de oportunidades, y los costos de asistencia jurídica y servicios médicos, entre otros, cuando no sea posible la restitución a la situación anterior o cuando las víctimas no la deseen (Villa, Londoño y Barrera, 2015).
Estos mismos autores sostienen que, en el país, las acciones de verdad y justicia han estado desarrolladas en un marco de poco control y fallas, más las restricciones, estructura y poder político, el silenciamiento de ciertas voces, la impunidad, el silencio institucional y la negligencia sobre algunos casos, lo que hace que las personas sean más víctimas.
Así mismo, otro aspecto que ha complejizado el proceso de reparación, según la percepción de las víctimas, es que la reparación termina centrándose solamente en lo material, aspecto que trae consecuencias emocionales a las personas, como baja autoestima, poca confianza y desesperanza, lo que arraiga los daños e impactos generados por los hechos victimizantes (Villa, Londoño y Barrera, 2015). En sí, las familias no solo esperan que la reparación sea material, para ellos es más relevante saber, por ejemplo, qué pasó con un ser querido, dónde está, y, por los menos, recuperar sus restos, retornar a sus tierras, recuperar la tranquilidad y la dignidad y fortalecer los lazos familiares que se resquebrajaron por los hechos victimizantes.
Osejo y Catalina (2007) sostienen que el proceso de paz inició con carencias en la concepción de todas las variables en juego, por lo que se genera incertidumbre y legitimidad. Además, trabajar la reparación integral de las víctimas en un país done aún hay violencias y necesidades básicas insatisfechas es complejo, ya que se deben suplir estas necesidades y garantizar el acceso y respeto a todos sus derechos (salud, trabajo, educación) por parte del Estado (Villa, Arroyave, Montoya y Muñoz, 2017).
Conclusiones
Luego de hacer un recorrido por lo que ha sido el proceso de paz entre el Gobierno de Colombia y las FARC y la necesidad imperante de dar un alto a la constante violación de los derechos humanos, y la desintegración familiar que ha traído como consecuencia el conflicto armado colombiano, se puede inferir que la salida más salomónica para el Gobierno del presidente Juan Manuel Santos fue buscar una negociación con la guerrilla más antigua de América Latina (Villa e Insuasty, 2015).
Indudablemente, una de las motivaciones que impulsó ese acercamiento entre los dos actores en mención fue precisamente ese retrato de las secuelas del flagelo de la guerra, muy especialmente para las familias colombianas, ya que han sido muchos los hogares destruidos, amenazados, desterrados, mutilados, masacrados y torturados por tan largo tiempo, y a las que les ha sido difícil reintegrarse a la vida civil, ya que se sienten abandonados y huérfanos por parte del Estado.
Teniendo en cuenta que la principal víctima del conflicto armado es la población civil, en el proceso de paz suscrito entre el Gobierno de Colombia y las FARC, se plasmaron dentro de los principios orientadores, en primer lugar, lo relacionado con el “Respeto, garantía, protección y promoción de los derechos humanos”, ya que dentro de las reparaciones se buscó el resarcimiento de las víctimas, haciendo énfasis en lo económico e individual.
Ahora bien, unos de los aspectos criticables es que en el acuerdo de paz no se pone en evidencia ningún aspecto relacionado directamente con las familias víctimas del conflicto, sino que la reparación que se propuso fue a nivel de individuo o de la comunidad, creyendo erradamente que una reparación solo se da en el plano individual y no a nivel de la institución de la familia.
Por consiguiente, para que en nuestro país se pueda consolidar una paz duradera y estable, como se lo han propuesto las partes del conflicto, se considera conveniente fortalecer al núcleo fundamental de la sociedad, como lo es la familia, garantizándole plenamente, por parte del Estado, la protección de sus derechos fundamentales y la accesibilidad sin discriminación a todas las libertades, prerrogativas y oportunidades, circunstancia en que debió hacer más énfasis la negociación, y no solo en la posibilidad de conceder derechos políticos al grupo guerrillero.
La reparación integral de las familias debe ser proporcionalmente al daño causado, y se debe tener en cuenta la atención, asesoría, orientación y acompañamiento desde un equipo interdisciplinario (psicólogo, trabajador social, abogado, sociólogo y demás profesionales de la salud). Además, debe haber una asesoría y seguimiento en la recuperación de tierra, las políticas laborales de accesibilidad al empleo, la revelación de la verdad, la incursión educativa y cualquier otra política necesaria para la inclusión social de las víctimas.
Referencias
Bello, M. (2000). Las familias desplazadas por la violencia. Un tránsito abrupto del campo a la cuidad. Trabajo Social, (2), 113-123.
Bolívar, S. (1842). Proclamas del Libertador Simón Bolívar. Caracas: Imprenta de El Venezolano, por MJ Rivas.
Borda, J. y Gutiérrez, M. (2016). Familia y conflicto armado. Deconstrucción de la noción de víctima en el occidente de Boyacá. Criterio Jurídico Garantista, 8(13). 42-65. https://doi.org/10.26564/21453381.582
Cifuentes, M. (2009). Familia y conflicto armado. Trabajo social, (11), 87-106. Universidad Nacional de Colombia.
Constitución Política de Colombia. (1991). Constitución de Colombia. Bogotá, D.C.: Imprenta Nacional.
Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2005). Caso de Mapiripán vs Colombia. Sentencia 15 de septiembre del 2005. Recuperado de http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_134_esp.pdf
Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2006). Caso de Pueblo Bello vs Colombia. Sentencia 31 de enero del 2006. Recuperado de http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_140_esp.pdf
Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2007). Caso de Rochela vs Colombia. Sentencia 11 de mayo del 2007. Recuperado de http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_163_esp.pdf
Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2017). Caso Vereda La Esperanza vs Colombia. Sentencia 31 de agosto del 2017. Recuperado de http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_341_esp.pdf
De Zubiría, S. (2015). Dimensiones políticas y culturales en el conflicto colombiano. Departamento de Filosofía. Universidad de los Andes, Bogotá. D.C.. Centro Nacional de Memoria Histórica. Recuperado de http://www.centrodememoriahistorica.gov.co/descargas/comisionPaz2015/zubiriaSergio.pdf
Fisas, V. (2011). Anuario 2011 de Procesos de Paz. Bellaterra: Icaria. Recuperado de http://escolapau.uab.cat/img/programas/procesos/11anuarie.pdf
Hernández, J. (2010). Modos de gestión de participación ciudadana en Venezuela. Del Pacto de Punto Fijo a los Consejos Comunales. [Tesis de doctorado]. Facultad de Ciencias Económicas y Sociales (FCES), Universidad del Zulia (LUZ), Venezuela.
Hernández, J., Meléndez, Y. y Meza, M. (2016). Organización universitaria y atención familiar en Sucre: una mirada desde la investigación y proyección social. III Congreso Internacional sobre Sustentabilidad, Competitividad y Gestión en las Organizaciones ¿Transformando Organizaciones para un Mundo Competitivo y Sustentable? Culiacan, UAS.
Hernández, J., Meléndez, Y., Chumaceiro, A. y Gil, X. (2017). Cultura democrática, paz y convivencia social en Colombia. Abordaje desde una Escuela para Ciudadanos. En, J. Hernández, A. Ramírez y J. Barboza (Comp.), Conflictos y pos conflictos. Pasado y presente en América latina y el Caribe, caso Colombia. (40-58). Cabimas: UNERMB. Recuperado de http://150.185.9.18/fondo_editorial/images/PDF/CSF/00%20LIBRO%20Conflicto%20y%20Postconflicto%20-%20Hernndez%20Ramrez%20Barboza%20compiladores.pdf
Hernández, J., Meléndez, Y., Chumaceiro, A. y Ziritt, G. (2017). Pertinencia universitaria y atención familiar desde la extensión y proyección social. En, E. Córdova y I. Rincón (Comp.), Visiones Socio Jurídicas de la Sociedad Contemporánea, (178-194). Cabimas: UNERMB. Recuperado de https://redivep.com/sitio/wp-content/uploads/2017/05/Libro-Visiones-Sociojurídicas-Córdova-Rincón-compiladores.pdf#page=189
Kant, I. (1979). Lo bello y lo sublime. La paz perpetua. Madrid: Espasa Calpe.
Organización de las Naciones Unidas - ONU. (1945). Carta de las Naciones Unidas - Preámbulo. Recuperado de http://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2001/0002.pdf
Organización de las Naciones Unidas - ONU. (1948). Resolución 217 A (III) de la Asamblea General de la ONU. Nueva York: ONU.
Osejo, C. y Catalina, A. (2007). Posición y papel de la Unión Europea frente a la Ley de Justicia y Paz y frente al actual proceso de desarme, desmovilización y reinserción de los niños pertenecientes a los grupos armados al margen de la ley. [Tesis de maestría]. Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales. Pontificia Universidad Javeriana, Bogotá, D.C., Colombia.
República de Colombia. Congreso de la República. (Diciembre 22 de 1989). Por la cual se faculta al Presidente de la República para conceder indultos y se regulan casos de cesación de procedimiento penal y de expedición de autos inhibitorios en desarrollo de la política de reconciliación. [Ley 77]. D.O.: 39116.
República de Colombia. Congreso de la República. (Noviembre 19 de 1982). Por la cual se decreta una amnistía y se dictan normas tendientes al restablecimiento y preservación de la paz. [Ley 35]. D.O.: 36133.
República de Colombia. Congreso de la República. (Diciembre 26 de 1997). Por la cual se consagran unos instrumentos para la búsqueda de la convivencia, la eficacia de la justicia entre otras leyes que evidencian la búsqueda de la finalización del conflicto armado. [Ley 418]. D.O.: 43201.
República de Colombia. Unidad para las víctimas. (2018). Registro Único de Víctimas (RUV). Recuperado de https://www.unidadvictimas.gov.co/es/registro-unico-de-victimas-ruv/37394
Revista Semana. (14 de febrero de 2009). Muerte en el resguardo. Recuperado de http://www.semana.com/nacion/articulo/muerte-resguardo/100124-3
Revista Semana. (6 de julio de 2013). La historia inédita de los falsos positivos. Recuperado de http://www.semana.com/nacion/articulo/la-historia-inedita-falsos-positivos/349851-3
Rivadeneyra, A. (2006). Evolución del derecho internacional de los derechos humanos. Revista Internauta de Práctica Jurídica, 18(1). Recuperado de https://www.uv.es/ajv/art_jcos/art_jcos/num18/Art.18_PDF/18-16evolucion%20del%20derecho%20internacional%20DDHH%20_artìculo_.pdf
Solimano, A., Sáez, F., Moser, C. y López, C. (1999). Ensayos sobre paz y desarrollo: el caso de Colombia y la experiencia internacional. Colombia: World Bank.
Valcárcel, J. (2007). Concepto de conflicto armado interno y seguridad jurídica. Prolegómenos. Derechos y Valores, 10 (19). https://doi.org/10.18359/prole.2548
Valencia, O. y Daza, M. (2010). Vinculación a grupos armados: un resultado del conflicto armado en Colombia. Diversitas: Perspectivas en psicología, 6(2). https://doi.org/10.15332/s1794-9998.2010.0002.14
Vela, O. (2012). Lecciones de derecho internacional. (Vol. 1). Bogotá, D.C.: Universidad Externado de Colombia.
Villa, J., Arroyave, L., Montoya, Y. y Muñoz, A. (2017). Vicisitudes de los proyectos institucionales de atención psicosocial a víctimas del conflicto armado colombiano. El Ágora USB, 17(1), 157-175. https://doi.org/10.21500/16578031.2817
Villa, J., Londoño, D. y Barrera, D. (2015). Reparación a las víctimas de dictaduras, conflictos armados y violencia política en sus componentes de compensación, satisfacción, rehabilitación y no repetición. El Ágora USB, 15(1). 217-240. http://dx.doi.org/10.21500/16578031.11
Villa, J. e Insuasty, A. (2015). Significados en torno a la reparación, la ayuda humanitaria, la indemnización y la restitución en víctimas del conflicto armado en el municipio de San Carlos. El Ágora USB, 15(2), 419-445. http://dx.doi.org/10.21500/16578031.1623
Yira Rosa Meléndez Monroy es magíster en trastornos cognoscitivos y del aprendizaje de la Universidad del Norte (Colombia). Psicóloga y Directora del Programa académico de psicología de CORPOSUCRE. Docente-investigadora junior. Grupo de investigación GINCIS. https://orcid.org/0000-0001-7301-038X
Jaidith Milena Paternina Sierra es magíster en Derecho Público de la Universidad Externado (Colombia). Docente de CORPOSUCRE. https://orcid.org/0000-0002-5243-106X
Darly Farith Velásquez Martínez es especialista en Derecho Procesal Civil de la Corporación Universitaria del Caribe (CECAR). Docente de CORPOSUCRE. https://orcid.org/0000-0001-5071-1693
.
© The author; licensee Universidad de la Costa - CUC.
JURÍDICAS CUC vol. 14 no. 1, pp. 55-74. Enero - Diciembre, 2018
Barranquilla. ISSN 1692-3030 Impreso, ISSN 2389-7716 Online